Para
una mejor organización de los cursos, los estudiantes elegirán
un titular y un suplente que sean puente de comunicación entre
los estudiantes y las directivas. En caso de ausencia, parcial o definitiva,
del representante titular el suplente hará sus veces.
El Consejo
Directivo convocará a asambleas de curso para elegir los representantes
en los treinta días calendario después de iniciadas
las labores. Los estudiantes del nivel preescolar y de los tres primeros
grados, serán convocados a una asamblea conjunta para elegir
voceros únicos entre los estudiantes que cursan el tercer grado.
Para
ser representante de curso se requiere:
• Ser estudiante regular debidamente matriculado.
• Haber sido estudiante regular durante dos años como
mínimo.
• Ser elegido por mayoría simple y en votación
secreta.
• Tener madurez para enfrentar los problemas de grupo y buscar
soluciones adecuadas.
• Mantener buenas relaciones con compañeros, profesores,
administrativos y directivos.
• Tener espíritu de servicio y colaboración.
• Poseer capacidad de liderazgo.
• Identidad Marista, manteniendo buen rendimiento académico
• Poseer capacidad de liderazgo.
Funciones
del Consejo de Estudiantes
1.
Programar charlas con los estudiantes que van mal académicamente,
en coordinación con el consejo académico para motivarlos
y colaborarles en la asimilación de las normas establecidas.
2. Elegir representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo
del colegio y asesorarlo en el cumplimiento de sus funciones.
3. Invitar a otros estudiantes del colegio a que presenten iniciativas
sobre el desarrollo de la vida estudiantil.
4. Darse su propia organización interna.
PERSONERO
DE LOS ESTUDIANTES
El personero
será un estudiante de último grado (11º), encargado
de promover el ejercicio de los deberes y de los derechos de los estudiantes,
consagrados en la constitución, las leyes, los reglamentos
y el presente manual de convivencia.
Para
dicho proceso se deben postular estudiantes idóneos, con alta
capacidad de liderazgo, sentido de pertenencia, excelente rendimiento
académico e intachable comportamiento. Su elección se
hará a través de las vías democráticas
vigentes, en las cuales se elija a través de tarjetón
y por el sistema de mayoría simple. Será elegido por
los estudiantes que cursan desde tercer (3o) grado de primaria hasta
el grado undécimo (11o).
Funciones
del Personero.
1.
Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los Estudiantes
como miembros de la comunidad educativa, para lo cual podrá
utilizar los medios de comunicación interna del establecimiento,
pedir la colaboración del consejo de estudiantes, organizar
foros y otras formas de deliberación.
2. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presentan los educandos
sobre lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona
de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los
estudiantes.
3. Presentar ante el Rector o ante el Consejo Directivo, según
sus competencias, las solicitudes de oficio que considere necesarias
para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento
de sus deberes.
4. Cuando lo considere necesario,está facultado para apelar
ante el Consejo Directivo, las decisiones del Rector respecto a
las peticiones presentadas por su intermedio.

|