Colegio Champagnat Ibagué - Colombia

l Constituye el máximo estamento para la toma de decisiones dentro de la Institución. Asesora, orienta y apoya todo lo pertinente al ambiente académico y la gestión administrativa del colegio Champagnat.

El Consejo Directivo está integrado por:

1. El Rector del Colegio quien los convoca y preside.
2. Administradora del colegio.
3. Coordinador académico
4. Un representante de los docentes de Preescolar y básica primaria, elegido en asamblea de profesores.
5. Un representante de los docentes de básica secundaria y media académica, elegido en asamblea de profesores.
6. Un representante de los padres de familia, elegido por el Consejo de Padres.
7. Un representante de los padres de familia, elegido por la Junta de Padres de Familia.
8. Un representante de los estudiantes de último grado, elegido por el Consejo de estudiantes.
9. Un representante de los egresados, elegido por la entidad que agrupe el mayor número de ellos.
10. Un representante del sector productivo local, elegido por el Consejo Directivo, de terna presentada por el equipo directivo.

Al consejo asisten a juicio de la Comunidad Marista y el Rector, las siguientes personas: Un representante de la Comunidad marista, los coordinadores de Desarrollo Humano y la secretaria de rectoría, quien levantará acta de cada reunión.

Los integrantes se eligen por un año lectivo. En caso de vacancia se procederá a elegir su reemplazo, por el tiempo que falte para terminar el período.

El cargo de representante de los estudiantes es incompatible con el de Personero. En caso de que no exista asociación de egresados se elegirá un representante. El Consejo Directivo deberá quedar conformado 30 días calendario después de iniciadas las clases.

Los profesores pueden ser elegidos en asamblea general de docentes o en votación paralela a la elección del personero.

Funciones del Consejo Directivo.

1. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la Institución, excepto las que sean competencia de otra autoridad, tales como las reservadas a la dirección administrativa.
2. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos, con los estudiantes del establecimiento educativo y después de haber agotado los procedimientos previstos en el Manual de Convivencia.
3. Adoptar el Manual de Convivencia de la Institución.
4. Asumir la defensa y los derechos de toda la comunidad educativa cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado.
5. Participar en la Planeación y evaluación del Proyecto Educativo institucional, del Currículo y del plan de estudios y someterlos a consideración de la Secretaría de Educación, para que verifique el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley y los reglamentos.
6. Estimular y velar por el buen funcionamiento de la Institución educativa.
7. Establecer estímulos para el buen desempeño académico y social del estudiante que ha de incorporarse al Reglamento o Manual de Convivencia.
8. Recomendar criterios de participación de la Institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y la conformación de organizaciones juveniles.
9. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles.
10. Fomentar la conformación de asociaciones de Padres de Familia y de estudiantes.
11. Reglamentar los procesos electorales de los organismos colegiados.
12. Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal administrativo de la Institución de acuerdo a planes presentados por la rectoría, administración y coordinaciones.
13. Darse su propio reglamento.